Aranceles mineros del 2025

El 30 de diciembre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las nuevas cuotas a pagar por concesiones y asignaciones mineras en el 2025. Presentamos los montos por superficie, solicitud, trámites y planos de cartografía para actividades mineras.

Con base en las reformas a la Ley Federal de Derechos, se pagará lo siguiente por el estudio, trámite y resolución de las solicitudes de concesión o asignación minera, lo cual está previsto en el Artículo 63:

Rango de Superficie (Hectáreas)  
Límites
InferiorSuperiorCuota FijaCuota Adicional por Hectárea Excedente del Límite Inferior
130$884.71$14.38
31100$1,339.68$26.73
101500$3,284.72$65.04
5011,000$30,670.11$84.75
1,0015,000$85,430.93$5.1321
5,00150,000$108,436.24$3.6787
50,001en adelante$274,918.64$3.3923

Cabe señalar que por el estudio, trámite y resolución de cada solicitud de prórroga de concesión minera, se pagará por concepto de derechos el 50% de la cantidad que resulte de aplicar la tabla anterior.

Las cuotas por el estudio y trámite de solicitudes relativas al ejercicio de derechos son las siguientes, según establece el Artículo 64 (con los precios ajustados a la derecha):

  1. Reducción, división, identificación o unificación de superficie .......... $3,559.36- $3,559
  2. Agrupamiento de concesiones mineras, la incorporación o separación de éstas a uno

o más de ellos .................................................................................. $1,779.68 - $1,780

  1. Expedición de duplicado del título de concesión o asignación minera .... $889.84- $890
  2. Inscripción en el registro de peritos mineros ........................................... $889.84- $890

En cuanto al estudio y trámite de actos, contratos o convenios sujetos a inscripción en el Registro Público de Minería, se deben cubrir los siguientes montos, como señala el Artículo 65:

  1. Inscripción de actos, contratos o convenios relativos a la transmisión de la titularidad de concesiones mineras o de los derechos que de ellas deriven .... $1,779.68 - $1,780
  2. Cancelación de las inscripciones relativas a los actos, contratos o convenios a que

alude la fracción anterior ......................................................................... $889.84- $890

  1. Inscripción de Sociedades mineras ................................................... $3,559.36- $3,559
  2. Inscripción de las modificaciones estatutarias de dichas sociedades ......... $1,779.68-$1,780
  3. Avisos notariales preventivos .................................................................. $889.84- $890
  4. Anotaciones preventivas para interrumpir la cancelación de las inscripciones de contratos o convenios sujetos a temporalidad ........................................ $889.84- $890
  5. Revisión de la documentación que consigne las correcciones o aclaraciones requeridas para la inscripción o cancelación de los actos, contratos o convenios mencionados en las fracciones anteriores .............................................. $889.84- $890

Respecto a la expedición de planos de cartografía minera, el Artículo 66 establece el siguiente pago de derechos:

  1. Por cada plano a escala 1:50,000 que corresponda a las hojas topográficas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía ................................... $5339.03 $5,339
  2. Por  cada  porción  de  las  hojas  anteriores  de  5  minutos  de  latitud  y   de   longitud

.................................................................................................... $889.84- $890

  1. Por cada porción a que se refiere la fracción anterior a escala 1:25,000  $3,381.38 -$3,381

Así mismo, los titulares de concesiones y asignaciones mineras pagarán semestralmente por cada hectárea o fracción concesionada o asignada, el derecho sobre minería, de acuerdo con las siguientes cuotas, según lo establece el art. 263 de la Ley Federal de Derechos:

Concesiones y asignaciones minerasCuota por hectárea $10.14 $15.18 $31.36 $63.08 $126.16 $222.00
I. II. III. IV. V. VI.Durante el primer y segundo año de vigencia. Durante el tercero y cuarto año de vigencia. Durante el quinto y sexto año de vigencia. Durante el séptimo y octavo año de vigencia. Durante el noveno y décimo año de vigencia. A partir del décimo primer año de vigencia.

Todos estos montos tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre del 2025.

FUENTE MUNDO MINERO